CONCILIO
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   El modo más solemne que tiene la Iglesia de ejercer la autoridad colegial que Cristo quiso para ella es el Concilio Ecuménico. Es la reunión de todos los Obispos del mundo, convocados por el Papa con su autoridad supre­ma, para ejercer su misión de gobernar y enseñar a los fieles. (Can. 336 del CDC)

   1. Rasgos del Concilio

   Sólo el Papa puede convocar el Conci­lio, aunque en la Historia haya sido reunido por otra autoridad, como la de un Emperador en los tiempos antiguos. "Compete exclusivamente el Sumo Pontífice convocar el Concilio Ecuménico en la Iglesia, presidirlo personalmente o por medio de otros, trasladarlo, suspenderlo o disolverlo y aprobar sus decre­tos." (Can. 338)
    Lo ordinario ha sido en la Historia la convocatoria conciliar en momentos decisivos, por cuestión de herejías o peligros, y reclamar la presencia de todos los Obis­pos católicos a los que se ha podido hacer llegar la llamada.
   Los obispos del mundo entero son llamados a Roma o al sitio que el Papa determine. "Sólo ellos tienen el derecho y el deber de asistir, con voto deliberati­vo, a no ser que fuerza mayor se lo impida." (C. 339). Los Obispos son los miembros por derecho del Conci­lio.
   Pero "otros que no tengan la dignidad episcopal pueden ser llamados a partici­par en el Concilio por la autoridad de la Iglesia, a quien co­rresponde determinar la función que deben tener en el Conci­lio". Los Superiores de Ordenes religiosas, los Abades generales, los Prelados nullius (es decir, los que no tienen jurisdicción en una Diócesis propiamente dicha) y los Cardenales son admitidos a participar en el Concilio con voz consultiva y en ocasiones deliberativa.
   Otras personas pueden también ser admitidas a participar en los trabajos del Concilio: como consultores, como representantes de Obispos ausentes, de príncipes católicos o como observadores de otras religiones, sobre todo cristianas, aunque no se hallen en plena comunión con la Iglesia católica.
   Al iniciarse el Concilio, todos tienen que formular un juramento o compromiso religioso de que permanecerán fieles a la Iglesia y a su cabeza el Papa. El texto que se empleó en los dos últimos Concilios fue redactado por Gregorio VII en el año 1709. Ese juramento implica una palabra de aceptación y obediencia.
   Al Papa corresponde "decidir los temas que serán discutidos, el reglamento, las comisiones y la organización interior del Concilio" (C. 338.2).
   El trabajo del Concilio se puede hacer por comisiones, preparando las discusiones generales, y en Asambleas o Congregaciones Generales. En estas últimas exponen sus puntos de vista los Obispos, a título individual o bien hablando en nombre de un grupo de ellos que delegan en un ponente o expositor su palabra.

   2. Valor de los Concilios

   La Iglesia, como sociedad divina y humana, es visible e invisible. Como invisible, está gobernada por el Espíritu Santo y tiene promesa de permanente asistencia, de infalibilidad y de protección por el mismo Jesús. "Las puertas o poder del infierno de prevelacerán nunca contra ella." (Mt. 16.19)
   Como visible, Dios quiere que la prudencia, la discreción y la ordenación de la autoridad de los gobernantes, de la Jerarquía, la lleven por el camino del bien. Los Concilio son instrumentos de gobierno eclesial. Así se entendieron siempre. Ellos son plataformas de la más solemne proclama­ción de la verdad.
   Por eso casi todos los Concilios Ecuménicos, los 21 que la Iglesia reconoce hoy como tales, han tenido un sentido magisterial. Han sido fuente de aclaración de doctrina, en dogma, en moral, en liturgia.
   Desde la perspectiva de la catequesis, junto con los instrumentos de la pastoral magisterial del Papa (Encícli­cas, Constitucio­nes Apostólicas, Exhortaciones), son los actos más solemnes de la autoridad eclesial. Y sus documentos, declaraciones, constituciones, decretos o anate­mas, constituyen una fuente primordial para la catequesis eclesial.
   En ellos se clarifica la doctrina, dogmática, moral o pastoral, de la Iglesia, sobre todo cuando ha sido inculcada por errores o por oposiciones. Resulta aleccionador comprobar que la mayor parte de las enseñanzas conciliares de todos los tiempos han surgido por haber existido herejes que provocaron, con sus errores, las definiciones del Magisterio.
   Por medio de ese Magisterio extraordinario, de los Obispos reunidos en oración y reflexión y en comunión con el Papa, la doctrina ha sido más conocida y proclamada. Los Obispos unen en armonía el Ministerio (servicio) y el Magisterio (docencia) de la Iglesia entera.
   La fuerza viene del Espíritu Santo, que actúa por este medio, ilumina a los Pa­dres conciliares y aletea en la Iglesia.
   Ecos del Concilio y repetición local y parcial de sus enseñanzas y de su autoridad, son las diversas reuniones que siguen: sínodos, encuentros, conferencias, asambleas, que los Obispos de un lugar, nación o región realizan para ejercer también colegialmente su magisterio en sus ambientes respectivos.

Taes reuniones o asambleas se solían denominar también concilios en tiempos antiguos   


 
 

 

 

   

 

7. II De Nicea. 787.

   Era Papa Adriano I. Fue convocado contra los iconoclastas. Era Emperatriz regente Irene y fomentaba la destrucción de toda representación sensible y aun más su veneración. El Concilio se pronunció a favor del culto a las imágenes, las cuales son recuerdo de quien representan y no objeto de adoración.
    Estimuló la rivalidad entre Oriente y Occidente, entre Constantinopla y Roma. Hubo grandes defensores del culto y veneración de las imágenes como S. Juan Damasceno y San Germán de Constantinopla, incluso hubo mártires por defender ese culto.

   8. IV De Constantinopla. 869-970.

   El Papa Adriano II, con el apoyo del emperador Basilio el Macedonio, convocó el Concilio en Constantinopla. El Patriarca Focio, ambicioso e intrigante, cometió arbitrariedades y exacerbó los ánimos de los orienta­les contra Roma. Fue condenado en el Concilio y se afirmó el Primado del Romano Pontífice.
 
   9. I De Letrán. 1123.

   Era Papa Calixto II. Fue un Concilio contra las investiduras. Ratificó el acuerdo del Papa Calixto II con el Emperador Enrique V, acuerdo que es conocido con el nombre de Concordato de Worms. El Papa pidió a los príncipes iniciar las Cruzadas contra los sarracenos.
   Se reivindicó el derecho de la Iglesia en la elección y consa­gración de los Obispos contra la investidura de los laicos. Se condenó la simonía y el concubinato de los eclesiásticos y el incesto, de modo especial.

   10. II De Letrán. 1139.

   Papa Inocencio II. Fue un concilio promotor de la disciplina y buenas costumbres. Condenó los amaños de varios antipapas. Rechazó los errores de Arnaldo de Brescia.
   Reclamó la continencia en el clero. De modo especial se condenó al antipapa Anacleto. Y se condeno la simonía, la usura y las falsas penitencias.

   11. III De Letrán. 1179.

   Era Papa Alejandro III. Fue un Concilio contra los albigenses, cátaros y valden­ses. Precisó con cierta claridad una primera planificación de la reforma de la Iglesia.
   Condenó a los cátaros sobre todo, por las actitudes exageradas que asumían sobre la ascética purificatoria de sus adeptos. Y regularizó la elección del Papa por los Cardenales, a lo que se exigió juramento de fidelidad y votación secreta.

    12. IV De Letrán. 1215.

   Bajo el Papa Inocencio III, se condenó de nuevo a los albigenses y a los valdenses. Decidió la organización de una cruzada. Fijó la legislación eclesiástica sobre los impedimentos matrimo­niales.
   Impuso la confesión anual a los fieles y la comunión pascual. Se clarificó la doctrina sobre la Trinidad, la creación, Cristo Redentor y los Sacramentos.
   Se trató de la armonía con los Orientales, a la cual se llegó en algunos puntos doctrinales, pero sin efectos posteriores.

   13. I De Lyon. 1245. (en Francia).

   Fue Papa Inocencio IV (1243-1254) y se hubo de proceder contra el Emperador Federico II, que fue depuesto. Se intento la reforma del clero. Se preparó una fórmula de declaración para los orientales sobre los Sacramentos, legitimidad de las segundas nupcias, Purgatorio, Paraíso, Infierno. Se llegó a un acuerdo, pero los delegados orientales al Concilio fueron rechazados a su regreso a sus iglesias, aunque algunas comunidades se mantu­vieron en adelante unidas a Roma (los uniatas).

  14. II De Lyon. 1274.

  Convocado por el Papa San Gregorio X para tratar de la unión de las iglesias. Restableció, a petición de Miguel Paleólogo, la unión con los griegos y tomó nuevas medidas para una posible Cruzada.
   Trató de temas como la procedencia del Espíritu Santo, el destino de las almas después de la muerte, los siete Sacramentos y el Primado del Papa.
   Sancionó la confesión de fe de Miguel Paleólogo, que el 1267 había propuesto el Papa Clemente IV y se convirtió en la formula de unión con las iglesias de Oriente.
   Dio normas sobre las Ordenes militares, los Templarios y los Hospitalarios de San Juan.

   15. De Vienne (Francia) 1311.

   Bajo la autoridad del Papa Clemente V, decidió supresión de la Orden de los Templarios.
   También sobre algunos grupos religiosos como los Begar­dos y las Beguinas, asociaciones de ambos sexos que se dedicaban a la oración, pero que habían caído en diversos errores y exageraciones.
   Y se rechazaron errores de Pedro Juan Olivi, entre otras figuras reprobadas. El hecho de celebrarse lejos de Roma, no impidió que el Papa aprobara como universales sus postulados.

 
 

 

 

   3. Concilios Ecuménicos

   Los Concilios Ecuménicos reconocidos como tales por la Iglesia han sido vein­tiuno. Variaron muchos las circunstan­cias y exigencias.
   El recuerdo de los 21 concilios se entiende mejor si descubrimos sobre que errores fue su lucha. Ayuda a entender mejor la presencia de Espíritu Santo.
   1. I De Nicea. 325 contra Arrio y el Arrianismo.
   2. I De Constantinopla. 381 contra Mecedonianos,  Euno­mianos o Nnomeos.
   3. De Éfeso. 431 contra Nestorio y Nestorianos.
   4. De Calcedonia. 451 de nuevo contra Nestorianos.
   5. II De Constantinopla. 553 contra el Monofisismo.
   6. III De Constantinopla. 680-681 contra los Monotelitas.
   7. II De Nicea. 787 contra los Iconoclastas.
   8. IV De Constantinopla. 869-970 contra el Cisma de Focio.
   9. I De Letrán. 1123 contra las investidu­ras laicas.
  10. II De Letrán. 1139 contra falsos pontífices.
  11. III De Letrán. 1179 contra la Simonía y la usura.
  12. IV De Letrán. 1215 contra los Albigenses, Joa­quín de Fiori, Val­den­ses.
  13. I De Lyon. 1245. (en Fran­cia)
  14. II De Lyon. 1274 contra los Cismáticos.
  15. De Vienne. (Francia) 1311 contra Beguardos, Beguinos y Pedro Juan Olivi.
  16. De Constanza. 1414-1418  contra Wicleff y Juan Hus.
  17. De Ferrara-Florencia.1438-42 contra el Cisma de Occidente.
  18. V De Letrán. 1512-1517 contra los vicios en general.
  19. De Trento. 1545-1563  contra los protestantes.
  20. Vaticano I. 1869-1870 contra le Modernismo.
  21. Vaticano II. 1962-1965 contra la inadaptación a los tiem­pos modernos.

 

     Síntesis de la doctrina de los Concilios Ecuménicos

   1. I De Nicea. 325

   Citados por el Emperador Constantino, durante el pontifica­do de San Silvestre (314-325), en la ciudad de Nicea de Bitinia, al norte de la actual Turquía. Se reunieron 318 Obispos. La inquietud principal fue la doctrina suscitada por el arrianismo. El Concilio definió la divinidad de Jesús, es decir la consus­tancialidad del Verbo con el Padre. Quedó afirmado que el Verbo es verdadero Dios, de la misma sustan­cia del Padre, y por lo tanto verdadero Dios. El promotor de la doctrina fue S. Atanasio, diácono de Alejandría.
   También sirvió para reconocer la especial autoridad moral y jurídica de las tres Sedes principales de los cristianos, junto con sus privilegios de autoridad: Roma, Alejandría y Antioquía. También determinó la fecha de la Pascua.
   Las actas se recitaron en todas las comunidades cristianas a donde llegó la noticia de sus decisiones por mandato del Emperador. Convertidas en fórmula de fe, que luego se com­pletarían en el Concilio de Constantinopla, llegarían hasta hoy. En forma abreviada, hacemos la confesión de fe, es decir el credo ordinario de la  Eucaristía: “Creemos en un solo Dios Padre omnipotente... y en un solo Señor Jesucristo, nacido unigénito del Padre, es decir de la sustancia del Padre, Dios de Dios, Luz de Luz, Dios verdadero de Dios verdadero, engendrado, no hecho, consustancial al Padre”.  (Denz. 54).

   2. I de Constantinopla. 381

   Medio siglo después, las inquietudes doctrinales se centra­ron en la realidad divina del Espíritu Santo. Macedonio, patriarca de Constantinopla, capital del Imperio, negaba el carácter divino del Espíritu Santo. Le atribuía carácter de criatura espiritual y sutil, pero no eterna ni divina. Siendo Pontífice en Roma S. Dámaso, los Obispos de todo Oriente fueron convocados a la Capital Constantinopla por el emperador Teodosio llamado el Grande.
   Se juntaron tal vez unos 600. Se planteó la teología del Espíritu Santo y se declaró su procedencia del Padre y su naturaleza divina. Se añadió, en las actas del Concilio, una fórmula sobre el Espíritu, "Señor y vivifacador, que procede del Padre, que con el Padre y el Hijo debe ser adorado, y que habló por los profetas".
   También fueron rechazados Pelagio y Celestino, que nega­ban la transmisión del pecado de Adán a su descendencia y defendían la posibilidad de hacer el bien sin auxilio divino.

   3. De Éfeso. 431

   Se reunió bajo el Papa San Celestino I y su legado en Efeso, Felipe. Iba dirigido contra Nestorio (380-451), monje culto y hábil de Antioquía. Fue presidido por S. Cirilo, Patriarca de Alejandría. Tuvo lugar en el reinado de Teodosio el Joven.
   Definió la unidad de persona en Cristo y el sentido de la materni­dad divina de María, Madre de Dios (teostokos, madre de Dios) no de la divinidad, no madre sólo del hombre (andros­tokos = madre del hombre). Dejó en claro la doctrina de la unidad de persona en Cristo, y de la doble naturaleza, Dios-Hombre, con la unidad de persona. Se resaltó la unión hipostática como unidad substancial, no accidental, física, no moral.
   Se condenaron también los errores pelagianos. Se desarrollaron una serie de Cánones sobre los errores de diversos grupos heréticos. (Denz. 111 a 127)

   4. De Calcedonia 451

     Fue convocado por el Papa León I El Magno. La ocasión fue el error de los monofisitas (una naturaleza en Cristo.)
   Estos herejes reclamaban para Jesús una sola naturaleza, quedan­do la humana absorbida por la divina, aunque se mostrara aparentemente sin ser real.
      Era la doctrina del monje Eutiques, que no reconocía en Cristo la distinción de las dos naturalezas perfectas. Dióscoro, patriarca de Alejandría, apoyaba tal doctrina
   Ambos fueron condenados y fue proclamada de nuevo la dualidad de naturalezas y la unidad de Persona en Cristo.

   5. II De Constantinopla. 553

   Se convocó por el Emperador Justiniano, en ausencia del Papa Virgilo, (papa de 540 a 555), para atraer a los descarriados monofisi­tas, divididos y abiertos ya en facciones y extendidos hasta Africa. El Emperador hizo lo posible por conseguir­lo. El Concilio condenó también los escritos de Teodoro de Mopsuestia y de Teodoro de Ciro, opuestos a San Cirilo y al Concilio de Efeso anterior, y otros errores precedentes (trinitarios y cristológicos).
   Condena complementaria fue la del Patriarca de Constan­tinopla Sergio, que defendía la herejía llamada Monotelismo (una sola voluntad en Cristo), aunque admitía las dos naturalezas. El Concilio declaró que en Cristo hay dos voluntades, como hay dos naturalezas, aunque sea una sola la Persona.

   6. III De Constantinopla. 680-681.

   Siendo Papa San Agatón I y luego San León II, se reunió en la Capital Constantinopla y condenó el monotelismo y luego a Honorio. El Concilio no tuvo especiales problemas, aunque sirvió para afianzar la autoridad de los Obispos en sus respectivas Diócesis.

 

 

  

 

   

 

   16. De Constanza. 1414-1418.

   Se convo­có en condiciones difíciles para la cristiandad, por los tres papas que en ese momento se disputaban la tiara: Clemente VII, desde Avignon, Urbano VI desde Roma, el que había preten­dido nombrar el Sínodo de Pisa.
   El concilio eligió a Martín V, (1417) que de momento fue recono­cido por los otros, salvo por Benedicto XIII, que se mantuvo obstinado en sus derechos hasta la muerte.
   Pero su trabajo principal fue doctrinal, tratando diversos puntos conflictivos: la Eucaristía, la comunión bajo una especie, la autoridad pontificia, la liturgia, etc.
   Condenó de forma especial los errores de Juan Huss, anatematizando 30 de sus proposiciones. También se conde­nó las enseñanzas de Juan Wickleff, inglés, con 39 anatemas. Sus sesiones se  prolongaron con intermitencias durante 4 años.

 

   17. De Ferrara - Florencia. 1438-1445.

   Papa Eugenio IV convocó con la intención de tratar sobre la reconciliación de griegos y latinos. Se inicio en Ferrara, pero luego se traspasó a Florencia. Las últimas sesiones no fueron sancionadas por el Papa de Roma, ante la negativa de los asistentes a disolverse.
   Sus decretos principales en las sesiones canónicas fueron "Decreto para los griegos", "Decreto para los arme­nios" y "Decreto para los jacobitas", que sintetizaron los mínimos que se pedían a los orientales para la comunión plena con Roma, lo cual fue costoso al principio.
   Se logró que los delegados orientales asumieran las exigen­cias, aunque fueron rechazadas por la mayor parte de las Iglesias cuando los delegados regresaron. Con todo, se logró que comunida­des de arme­nios, jacobi­tas, meso­potamios, caldeos y maronitas se unieran de nuevo a la Sede Romana.
   El Concilio celebró la segunda parte de sus sesiones en Florencia, aunque se convocó al principio para Ferrara. Las tensiones fueron grandes y el Papa disolvió el Concilio, medida que no fue aceptada por un número de los Padres conciliares, los cuales siguieron reuniéndose y tomando decisiones. Pero las últimas reuniones ya no fueron consideradas canónicas, al no contar con la aprobación del Pontífice.

 

   18. V De Letrán. 1512-1517.

   Papa Julio II lo inició, aunque se desarrollo casi por completo bajo la autoridad de León X (1513.1521). Se propuso como objetivo la reforma de la Iglesia.
   Buscó fórmulas conciliatorias para tratar las relaciones entre los príncipes cristianos sin recurrir a la guerra.
   Trató de reformar costumbres disciplinarias en las que se habían introducido abusos escandalosos. Dictó normas para las instituciones religiosas y condenó herejías contrarias a la inmortalidad del alma.
   Definiciones sobre el alma humana, la cual no es única para todos, sino propia para cada hombre, forma del cuerpo e inmortal.
   Su itinerario teológico fue el siguiente:
   1. El 19 de Diciembre de 1513 se publico por la Bula "Apostoli­ci regiminis", la doctrina sobre el alma humana tratada en la sesión VIII
   2. Por la bula "Inter multiplices", se determino que los Montes de piedad podían recibir una cantidad moderada, por sus servicios, sin que fuera considerado como usura, según la sesión X, del 28 de Abril.
   3. La Bula "Pastor Aeternus" recogió las decisiones de la sesión XI, del 19 de Diciembre de 1516, sobre la relación del Papa con el Concilio.
   4. Y la Bula "Cum postquam" zanjó una serie de medidas sobre las indulgencias, en vísperas de que Lutero se declarara ya rebelde y fuera condenado por el mismo León X, con la Bula "Exurge Domine" del 15 de Junio de 1520. Pero, para ese momento, ya se había terminado el Concilio V de Letrán, uno de los más doctrinales de los tiempos modernos.
   Ver Trento (1546-1563), Vaticano I (1870) y Vaticano II (1962-1965) en voces correspondientes.