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Exención del cumplimiento de un deber o de una norma otorgada por quien autoridad para hacerlo. La dispensa es un acto de benevolencia en virtud de la primacía del hombre sobre la ley. Por eso se debe entender no como privilegio, sino como exégesis y adaptación.
Sólo es dispensa si es justa, proporcionada a las causas que la motivan, posible y superior en beneficios a la exigencia de cumplimiento legal.
Las dispensas pueden ser múltiples, tantas como leyes positivas. Las leyes naturales y básicas no admiten dispensas como son la que mandan respetar la vida o cumplir con la justicia.
En la Iglesia se habla de dispensas de impedimentos matrimoniales, de dispensa de edad para recibir algunos sacramentos, de los votos particulares o religiosos formulados, etc.
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