|
Salida voluntaria o involuntaria del claustro, no tanto en sentido material de dejar provisionalmente la clausura monacal o conventual, sino hacerlo de forma más permanente. Desde antiguos hubo normas en la Iglesia sobre la posibilidad y el modo de hacerlo. En la actualidad este hecho está regido por el Código de Derecho Canónico (cc. 686-687).
En sentido amplio es el abandono de la disciplina y del culto propio de la vida religiosa, hecho por el deseo de apartarse de tal género de vida ocasional o definitivamente. En ocasiones es el efecto de normas persecutorias que prohíben o dificultan este género de vida. En algunos países la exclaustración afectó a todos los religiosos de una nación: Alemania en la revuelta luterana, Enrique VIII en Inglaterra en el siglo XVII, Revolución francesa en 1789, Desamortización de Mendizábal en España en 1855, Kulturkampf en Alemania en 1870. Evidentemente estas exclaustraciones fueron coacciones y atropellos, en busca de la incautación de las propiedades y riquezas de los edificios, sin atender a consideraciones de justicia y sin el mínimo respeto a la ley, al arte ni a las personas.
|
|
|
|
|