Incineración
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   Combustión o cremación (quema) de una cosa, objeto o desecho. La incineración de los muertos fue una práctica frecuente en Oriente antiguo, en lugar del enterramiento. Lo sigue siendo en la actualidad.
   Los cristianos nunca lo practicaron en los primeros tiempos por el respe­to que merecieron los despojos de los seres queridos y por el sentido simbólico del enterramiento, en atención a la esperanza de la resurrección de la carne. El Derecho Canónico actual lo desaconseja, aunque no lo prohíbe. "La Iglesia aconseja vivamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar a los cadáveres de los difuntos; sin embargo no prohíbe la cremación, a no ser que haya sido elegida por razo­nes contrarias a la doctrina cristiana." (c. 1176.3)
   La cremación se sigue practican­do masivamente en países como Ja­pón, India, Tailandia, China. En Occidente, las circunstancias sociales de las grandes concentraciones humanas actuales y los efectos económicos, entre otros, de esas aglomeraciones, han ido extendiendo la costumbre de la incineración en múltiples ambientes. Las primeras autorizaciones legales proceden de la Revolución francesa. Pero ha sido en el siglo XX cuando más se han asumido los usos cremato­rios en instituciones adecuadas.
   Ningún motivo objetivo avala la inhumación ni la incineración, por lo que debe formarse a las personas para que se eviten prejuicios en uno o en otro sentido y sobre todo se fomente el respeto a las decisiones de los afectados.