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Cargo que ocupaba un canónigo en el cabildo de una catedral y que tenía a su cargo la vigilancia y la exigencia del cumplimiento de las leyes con todo lo que fuera enseñanza dependiente de la Iglesia.
En la actualidad queda en algunos cabildos como título honorífico e histórico, pero que apenas existe ya con efectos prácticos en los cabildos cartedralicios, al carecer de autoridad sobre escuelas, universidades o actividades culturales o docentes. Como cargo real fue suprimido en el Concilio de Trento, al determinarse que la formación del clero habría de hacer en Seminarios propios.
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