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Institución que se responsabiliza de una obra, actividad, sociedad o proyecto.
Asume la responsabilidad que la constitución legal del patronato determina y, por lo general, se configura como órgano de gobierno superior o de control de los órganos de gobierno, personales o grupales, que se establecen en los estatutos prefijados.
Muchas obras o fundaciones de caridad están regidas por un patronato que las protege de los vaivenes de los malos gestores o de los cambios intempestivos que las destruyen o aminoran sus acciones o servicios.
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