Reducciones
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     Se aplica a cualquier proceso de disminución de obligaciones, de miembros de un grupo o de acciones comprometidas. Por ejemplo, se habla de "reducción de un clérigo al estado laical", cuando se le priva de la dignidad y del ejercicio de la clericatura por una sanción grave que se le impone, ya sea por sentencia o por la simple comisión de delitos graves.
   O se habla de reducción del número de misas o de actos de piedad, por no poder cumplir con los que habían sido comprometidos.
   Se llamaron también "reducciones de indios" a los agrupamientos de indígenas en poblados protegidos en América. Se trataba de librarlos de la explotación de los colonizadores, que los esclavizaban de forma inmisericorde. Fueron famosas las reducciones jesuíticas del Paraguay, pero se dieron en diversas regiones otras alentadas por franciscanos, dominicos y otras Ordenes, desde que fueron autorizadas ya en 1531 por la Audiencia de Nueva España.
   Resultó una forma interesante de cristianización y de trabajo comunal, que evitaba las pendencias mortales habitua­les en algunas razas más belicosas y sobre todo la explotación salvaje de colonizadores, pues chocaban con la protección organizada de los religiosos que las promovían.
   Un cura doctrinero se encargaba de la instrucción. Se respetaban sus tierras, al ser propiedad comunal de cada poblado. Se construía una iglesia. Se organizaban en un "corregimiento" o diversas comunidades sometidas a una autoridad, incluso judicial, con un "corregidor" al frente.
   Tan hermosa obra quedó destruida por parte de los adversarios de la Compañía, al ser proscrita de España y de sus colonias por Carlos III en 1767. Quedaron indefensos los indígenas "reducidos" y pronto fueron desapareciendo como poblados organizados.