Responsabilidad
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      Capacidad mental y moral, derivada de la claridad de conciencia y de la libertad de opción, que consiste en poder responder de las consecuencias de las propias acciones, opciones y omisiones. Sólo el ser humano puede ser responsable, pues sólo él es libre y consciente de los que hace. El solo hecho de actuar no implica responsabilidad moral, aunque es evidente que de lo que del actuar se derive en la mayor parte las sociedades se exige asumir las consecuencias.
   La responsabilidad y la conciencia son inseparables: la conciencia genera la responsabilidad y la ausencia de consciencia elimina la responsabilidad. Eso quiere decir que hay una responsabilidad civil o legal, que se deriva de las normas y leyes, y hay otra moral o interna, que depende de la conciencia
   Y podemos decir que tanto la especie humana, en su evolución histórica, como cada persona concreta, han caminado y siguen caminando hacia una mayor sensibilidad moral y, por lo tanto hacia una más plena responsabilidad.
   Aquí está la importancia que tiene forma en el individuo y en los grupos. La conciencia se forma con criterios, con experiencias, con virtudes y así incrementa su capacidad de responsabilidad.
   Por otra parte, nadie es totalmente autosuficiente en su formación moral. La responsabilidad personal se implica con la social, con la familiar, con la de los grupos y comunidades a los que se pertenece. En la medida que el hombre es maduro, esa interdependencia se hace más frágil, pues crece la autonomía. Pero nunca desaparece del todo.
   También se puede hablar de una responsabilidad más espiritual y sobrenaturales, que es la vinculada ante el Creador, autor de la naturaleza y de la gracia, de la humanidad y de la revelación. En el catecismo de la Iglesia Católica se dice: "La conciencia hace posible asumir la responsabilidad de los actos realizados. Si el hombre comete el mal, el justo juicio de la conciencia puede ser en él el testigo de la verdad universal del bien, al mismo tiempo que de la malicia de su elección concreta. El dictamen de conciencia constituye una garantía de espe­ranza y de misericordia. Al hacer patente la falta cometi­da recuer­da el perdón que se ha de pedir, el bien que se ha de practicar y la virtud que se ha de cultivar sin cesar con la gracia de Dios. Tranquilizaremos nuestra conciencia ante él, en caso de que nos condene, pues Dios es mayor que nuestra misma conciencia y conoce todo". (N° 1781)
   Interesa resaltar y educar al creyente en la responsabilidad que se descubre a la luz de la revelación: amor al prójimo, perdón del enemigo, generosidad sin límites, abnegación, etc. y saber que para el creyente hay una responsabilidad más espiritual que legal, más moral que ética, más vinculada a la Palabra de Dios que a la reflexión racional.
   Por eso, debe el cristiano saber que "es responsabilidad suya practicar el bien y evitar el mal... y también ordenar su vida al Bien supremo por el cual la per­sona humana se siente atraída y cuyos man­damientos acoge. El hombre prudente, cuando escucha la conciencia moral, puede oír, mediante la fe, a Dios que habla". (Cat. Igl. Cat. N° 1777)