|
Decreto del concilio de Trento (Sesión 24 del 11 de Noviembre de 1563) que prohibió los matrimonios clandestinos o no testificados por el párroco o por el Ordinario del lugar respectivo.
La dificultad para aplicar el Decreto en multitud de parroquias con diversidades religiosas y el riesgo de que hubiera que considerar inválidos para la Iglesia la mayor parte de los matrimonios no contraídos ante el párroco o el Ordinario del lugar hizo que este Decreto tuviera que tener más excepciones que aplicaciones, lo que le hizo inviable sobre todo en los territorios donde abundaron matrimonios mixtos, que fueron la mayor parte de los países del Norte.
Las excepciones y los privilegios al Decreto hubieron de ser frecuentes en los tiempos posteriores al concilio y en muchos lugares se conservaron las tradiciones anteriores.
|
|
|
|
|